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Vence el primer plazo del Blanqueo de Capitales, ¿qué hay que saber? 

13/10/2016

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  ​El 31 de octubre vence el primer plazo de la Ley 27.260 de Sinceramiento Fiscal, o más conocida como Ley de Blanqueo de Capitales. Dicho plazo corresponde a la tenencia de efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera. Desde la AFIP recomiendan no esperar hasta último momento para llevar a cabo este trámite, ya que no habrá prórrogas.
​Pasos a seguir en esta primera etapa del Blanqueo de Capitales
•    Gestionar una cuenta especial en cualquier entidad bancaria
•    Tener una cuenta CBU (Clave Bancaria Unificada) en la cual se depositará el dinero, el monto total y el tipo de moneda. 
•    Depositar el dinero en el banco
Impuestos, ¿qué monto está exento y cuál no?
•    Hasta $305.000 NO paga impuestos.
•    De $305.000 hasta $800.000 el impuesto a pagar es del 5%. 
•   De superar los $800.000 se abona una alícuota del 10% si se adhiere hasta el 31 de diciembre de 2016, y una alícuota del 15% si se adhiere hasta el 31 de marzo de 2017. 
¿Cómo se calcula el impuesto?
  La tarifa del impuesto se calcula valorizando la tenencia de la moneda extranjera a la cotización que poseía al 22 de julio de 2016, que es la fecha establecida por la Ley 27.260 como la de preexistencia para los bienes de personas humanas. 
Una vez declarado el dinero, ¿puede usarse de manera inmediata?
  El dinero puede ser usado de manera inmediata si tiene como fin la compra de un bien registrable,  automotor, inmueble, etc. 
De no tener como fin la compra de un bien registrable, el dinero NO puede ser usado de manera inmediata. Por lo tanto, deberá quedar indisponible en la cuenta bancaria especial hasta el 30 de abril de 2017. 
Para ir practicando
  La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un simulador on line al que se puede acceder a través de su página y que muestra paso a paso cómo llevar a cabo el trámite. También uno puede descargarse una APP para sistemas iOS o Android donde se puede calcular el impuesto a pagar según los activos declarados. 
Link: http://www.afip.gob.ar/sinceramiento/simulador/default.asp
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Ley Pymes: ¿qué hay que saber?

11/10/2016

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  ​Según el decreto 903, el gobierno reglamento la Ley 27.264, más conocida como la Ley Pymes. Dicha ley fue aprobada en el Congreso en Julio de 2016 y servirá para el fomento de las inversiones productivas de las Micro y Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes).
  La implementación de la Ley 27.264 o formalmente llamada Programa de Recuperación Productiva, tiene como fecha prevista el próximo 14 de Octubre. Tiene por objetivo la implementación de un sistema de asistencia e incentivos para este tipo de empresas, con la meta principal de mantener y crear nuevos puestos de trabajo. El ente que estará a cargo de la implementación, regulación y control será el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad.
​
  Las Pymes generan el 75% de los puestos del empleo de la Argentina, por lo tanto esta Ley es de vital importancia para el desarrollo productivo del país. 
​¿Qué hay que saber de la Ley Pymes?
  La Ley 27.264 brinda a los trabajadores de las empresas una suma mensual remunerativa, tal suma equivale al salario mínimo vital y móvil actualizado a la fecha de otorgamiento y por un plazo de hasta 12 meses. Esta suma de dinero está destinada a completar el sueldo  de la categoría laboral de cada individuo y será mediante el pago directo del ANSES. El salario mínimo vital y móvil actual es de $6.810 a la fecha, a partir del 1 de septiembre será de $7.560 y desde el 1 de enero será de $8.060.

  Este beneficio sólo alcanzará a aquellas pequeñas y medianas empresas que acrediten estar en situación de crisis ante el Ministerio de Trabajo, quien se encargará de constatarlo. A su vez, las Pymes deberán comprometerse a no despedir personal y mantener la nómina total de trabajadores; también tendrán que presentar un “plan” que contemple las acciones que pretenden llevar adelante para su recuperación.

  Algunas de las facilidades que presenta esta nueva legislación son los beneficios impositivos, a saber: reducción de la carga tributaria, como es el caso de gravamen a los débitos y créditos bancarios (impuesto al cheque), ampliación a 90 días del pago del IVA, y el diferimiento de pago de ganancias cuando hagan inversiones en bienes de capital, como ser máquinas o nuevas tecnologías. Esta última se enmarcó dentro de lo que se denominó “Régimen de Fomento de Inversiones para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”; y se dará solamente sobre aquellas inversiones en bienes de capital que tengan como objeto la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva, dejando de lado a los automóviles.

  Este régimen de fomento de las inversiones productivas se ha previsto que regirá para las que se realicen entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018, ambas fechas inclusive.
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Dónde invertir pensando que todo estará bien

6/10/2016

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​En un año electoral es más fácil predecir el comportamiento de la economía, por ende los sectores que tienen oportunidad de crecer, recuperarse o expandirse. Si analizamos los números fríos, la recesión es mayor de lo que se esperaba y los signos de recuperación serán lentos. La actividad en julio registró su cuarta caída consecutiva (5.9% anual), la mayor desde la crisis de 2009 y acumula 13 meses sin crecimiento.

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Siguen cambios en la letra del blanqueo: se permitirán etapas sin un costo extra

4/10/2016

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​Cinco variantes. Unas vistas favorables como el blanqueo de una cuenta por cualquier cotitular. Otras con gusto a poco para el mercado, como lo que puede ir por moratoria.
​Tal como esperaban los asesores impositivos que les dicen a sus clientes que no se apuren a blanquear, la AFIP sigue discutiendo la letra chica del Sinceramiento Fiscal en consejos consultivos, y modificando la reglamentación luego. Ayer el titular del organismo recaudador, Alberto Abad, anunció cinco cambios, algunos casi imperceptibles y otros de fondo.

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Seminario brindado por el Cr. Calabrese fue declarado de Interés Municipal. 

4/10/2016

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​El Seminario Taller titulado  “Mercado de Capitales, Instrumentos de Financiación para Pymes” dictado por el Cr. Alfredo Calabrese en Bovril, fue declarado de Interés Municipal según el Decreto  Nº 211/2016 de la Ley Nº 10027 y sus modificatorias. 
​El Cr. Calabrese –vicepresidente de la Bolsa de Comercio de Entre Ríos-  fue invitado por la Escuela Secundaria y Superior Nº7 José Manuel Estrada (Bovril) para que lleve adelante dicho seminario el pasado 26 de agosto y 9 de septiembre.  

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