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Cinco claves para entender la ley de fomento a emprendedores

30/3/2017

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​El Senado aprobó este martes la ley de emprendedores que persigue la creación de empresas en un día, otorga beneficios impositivos a inversores y presenta diferente tipos de financiación para los que quieran iniciarse en el mundo de los negocios. "Venimos trabajando hace cuatro años en un proyecto integral que permita bajar la burocracia de las empresas y darle incentivos a los que quieran aportar en el futuro de la Argentina", definió Manuel Tanoira, Director de políticas públicas de la Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA), uno de los cocreadores del proyecto original.
​"Está demostrado en el mundo que los que crean valor, innovación y competencia son las nuevas compañías y no las grandes corporaciones", dijo Tanoira en diálogo con ámbito.com al tiempo que brindó detalles de los cinco puntos principales de la iniciativa que ya fue girada al Ejecutivo para su promulgación.
​1- La nueva ley apunta a facilitar la constitución, promoción y el crecimiento de pequeñas empresas, mediante la creación de una figura jurídica, las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), que permitirá la apertura vía internet de una empresa en un plazo no mayor a las 24 horas, incluida la apertura de una cuenta bancaria en el acto y el CUIT. En la actualidad el trámite lleva entre 6 meses y 1 año más los costos asociados. 
Cuando la norma entre en vigencia, el sistema permitirá además abrir una cuenta bancaria simplificada y digitalizar firma, libros y poderes, incorporar uno o más accionistas y emitir acciones de mismo derecho a diferente precio.

2- Se crea un Registro de Instituciones de Capital Emprendedor y un Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Capital Emprendedor (FONDCE), con el cual se pueden financiar emprendimientos de forma conjunta con el sector privado. Por primera vez, el Estado destinará fondos públicos para coinvertir con privados e impulsar el desarrollo de proyectos para ello se crearán 10 fondos de coinversión, con un aporte público del 40% y un capital mínimo conjunto de 30 millones de dólares.

3- Se creará un incentivo al inversor de capital emprendedor para que pueda desgravar con un tope de 10% de sus ganancias anuales. "Es un mercado completamente desinvertido, hay muchos emprendedores pero no aparecen los emprendedores locales", explica el especialista quien justifica la importancia de incentivos ya que se trata de inversiones de alto riesgo.

4- Habilita el "crowdfunding" público. Se trata del aporte colectivo de dinero a través de Internet para un proyecto, supervisado por la Comisión Nacional de Valores. Las plataformas de crowdfunding que se registren podrán tomar emprendedores que quieran colocar sus acciones online al público inversor en general. "Eso va a permitir a un emprendedor de Jujuy recibir dinero de un inversor de Capital", ejemplifica Tanoira.

5- Fomentarán a las aceleradoras: El Estado seleccionará 13 aceleradoras: 10 van a dedicarse a emprendimientos tecnológicos y sociales, y 3 a emprendimientos de base científica.
FUENTE: AMBITO.COM
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