La Secretaría de Emprendedores y Pymes introdujo cambios en las características que definen a las micro, pequeñas y medianas empresas. En primer lugar, los servicios financieros y de seguros dejan de ser una actividad excluida: aquellas empresas que pertenezcan a estos sectores, cuyo activo sea menor a 100 millones de pesos y se enmarquen en los topes de facturación vigentes, serán consideradas pymes, destacó Producción. Y añadió que esas empresas "tendrán menos restricciones a la hora de recibir inversiones sin perder el carácter de tales, ya que el porcentaje permitido de participación accionaria de otra empresa o grupo económico pasa del 10% actual al 20%", a partir de una resolución publicada en la víspera. Por último, aclaró que los requisitos de vínculo y control no serán exigibles en el caso de los emprendimientos que sean invertidos por "Instituciones de Capital Emprendedor". "Escuchamos un reclamo que las pymes dedicadas a la actividad financiera y de seguros vienen haciéndonos llegar hace tiempo, por eso hemos ampliamos las actividades que las empresas pueden realizar y esperamos que cada vez más accedan a los beneficios de la Ley Pyme", aseguró el secretario de Emprendedores y Pymes, Mariano Mayer. Además, el funcionario agregó que "la inclusión del sector financiero también va a permitir la reducción de la tasas de financiación, dinamizar la actividad productiva y colaborar con la creación de más y mejor empleo". FUENTE: AMBITO.COM
0 Comentarios
Deja una respuesta. |
Archivo
Agosto 2019
Categoría |