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Vence el primer plazo del Blanqueo de Capitales, ¿qué hay que saber? 

13/10/2016

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  ​El 31 de octubre vence el primer plazo de la Ley 27.260 de Sinceramiento Fiscal, o más conocida como Ley de Blanqueo de Capitales. Dicho plazo corresponde a la tenencia de efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera. Desde la AFIP recomiendan no esperar hasta último momento para llevar a cabo este trámite, ya que no habrá prórrogas.
​Pasos a seguir en esta primera etapa del Blanqueo de Capitales
•    Gestionar una cuenta especial en cualquier entidad bancaria
•    Tener una cuenta CBU (Clave Bancaria Unificada) en la cual se depositará el dinero, el monto total y el tipo de moneda. 
•    Depositar el dinero en el banco
Impuestos, ¿qué monto está exento y cuál no?
•    Hasta $305.000 NO paga impuestos.
•    De $305.000 hasta $800.000 el impuesto a pagar es del 5%. 
•   De superar los $800.000 se abona una alícuota del 10% si se adhiere hasta el 31 de diciembre de 2016, y una alícuota del 15% si se adhiere hasta el 31 de marzo de 2017. 
¿Cómo se calcula el impuesto?
  La tarifa del impuesto se calcula valorizando la tenencia de la moneda extranjera a la cotización que poseía al 22 de julio de 2016, que es la fecha establecida por la Ley 27.260 como la de preexistencia para los bienes de personas humanas. 
Una vez declarado el dinero, ¿puede usarse de manera inmediata?
  El dinero puede ser usado de manera inmediata si tiene como fin la compra de un bien registrable,  automotor, inmueble, etc. 
De no tener como fin la compra de un bien registrable, el dinero NO puede ser usado de manera inmediata. Por lo tanto, deberá quedar indisponible en la cuenta bancaria especial hasta el 30 de abril de 2017. 
Para ir practicando
  La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un simulador on line al que se puede acceder a través de su página y que muestra paso a paso cómo llevar a cabo el trámite. También uno puede descargarse una APP para sistemas iOS o Android donde se puede calcular el impuesto a pagar según los activos declarados. 
Link: http://www.afip.gob.ar/sinceramiento/simulador/default.asp
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